Autorizaciones temporales de insumos para la salud que contribuyan a la erradicación y mitigación del COVID-19

Modificaciones a diversas claves de combinación fitosanitarias
La Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria comunica que la Dirección General de Sanidad Vegetal ha realizado diversas modificaciones a claves de combinación en el Módulo de Consulta de Requisitos Fitosanitarios que se detallan en el Anexo adjunto al oficio en comento, para considerar lo siguiente:
Se dividió el uso de “Consumo y/o industrial” en:
1. “Alimentación humana”.
2. “Excepto alimentación humana” y se homologó al término de “grano convencional”.
Para las claves de combinación con uso “Alimentación humana”,se adecuo para agregar la leyenda genérica:
“Los vegetales, sus productos o subproductos autorizados por el SENASICA podrán ser libremente importados para su comercialización. Una vez que han cumplido con las medidas de mitigación de riesgo para prevenir la introducción y diseminación de plagas agrícolas”
Circular CAAAREM G-0106/2021
Documentos descargables del tema “Agencia Aduanal”
En relación a la Master Class “El proceso de sustitución de Patentes y los avances sobre la Agencia Aduanal” misma que se llevó a cabo el 17 de marzo de 2021, se reiteran las rutas de acceso para descargar en nuestra web (https://www.caaarem.mx/) los documentos relacionados con la Agencia Aduanal:
1.- “Manual para integrar o incorporarse a una Agencia Aduanal”, dado a conocer a través de la Circular T-0116/2020 de fecha 18 de Agosto de 2020:
- Entrar al menú ”Resultados”,
- Accesar a Comisiones CEN
- Iniciar la descarga con la contraseña: TransformaAvanza
2.- Mediante Circular T-0143/2020 de fecha 16 de octubre de 2020, se obtiene el link para descargar el documento “Agencia Aduanal, Solución a dudas e inquietudes”:
3.- El documento “Acciones Preventivas 2020″, se hizo de su conocimiento en la Circular T0151/2020 de fecha 11 de noviembre de 2020 y se podrá descargar accesando en el siguiente link:
Circular CAAAREM T-0039/2021
Autorizaciones temporales de insumos para la salud que contribuyan a la erradicación y mitigación del virus SARS-CoV2 (COVID-19).
- Objetivo:
Establecer los criterios, que como acción extraordinaria en materia de salubridad general seguirá la COFEPRIS en los procesos de ingreso, evaluación y autorización de insumos para la salud y establecimientos de atención médica, incluyendo la certificación temporal de buenas prácticas de fabricación de establecimientos de insumos para la salud que contribuyan a la erradicación y mitigación del virus SARS-CoV2 (COVID-19).
- Autorización temporal de producción y/o importación y comercialización de medicamentos
Para la obtención de la autorización temporal de producción y/o importación y comercialización de medicamentos que contribuyan a la erradicación de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID19), se deberá de cumplir con los requisitos siguientes:
- Original y dos copias del comprobante de pago de derechos, en términos de la Ley Federal de Derechos, y
- Requisitos técnicos (Documentación Administrativa-Legal, Sección del Common Technical Documents Resúmenes y Sección del Common Technical Documents Calidad).
- Autorización temporal de producción y/o importación y comercialización de dispositivos médicos
Para la obtención de autorización temporal de producción y/o importación y comercialización de ventiladores invasivos, pruebas de diagnóstico, concentradores de oxígeno, gel antibacterial, mascarillas estériles (cubre bocas), termómetros y oxímetros de pulso que contribuyan a la erradicación de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), se deberá cumplir con los requisitos siguientes:
- Acreditación de representante legal.
- Original y dos copias del comprobante de pago de derechos.
- Avisos de funcionamiento y de Responsable Sanitario.
- Proyectos de etiqueta o contra etiqueta.
- Certificado de buenas prácticas de fabricación del (os) establecimiento (s) fabricante (s) del (os) dispositivo médico o su documento equivalente.
- Carta de representación sólo cuando el producto no es fabricado por la casa matriz, subsidiaria o filial del solicitante del registro en México.
- Declaración de aval de responsable sanitario ante la COFEPRIS bajo protesta de decir verdad.
- Instructivo, si procede.
- Descripción, indicación de uso, componentes, Conservación o almacenamiento, advertencias y leyendas correspondientes, contraindicaciones, eventos adversos. En medios de contraste especificar vía de administración, forma farmacéutica y dosificación. Para el Manual del usuario adicionalmente debe contener la información sobre operación, limpieza, calibración, precauciones, advertencias.
- Pruebas de laboratorio.
- Implementación Administrativa – Control Sanitario
- Las autorizaciones expedidas al amparo de estos Lineamientos ostentarán un carácter temporal, en tanto son evaluados y revisados los requisitos contemplados para el trámite de la autorización sanitaria correspondiente, en un plazo que no exceda los 24 meses posteriores a la presentación de la solicitud de autorización temporal.
- La COFEPRIS resolverá las solicitudes de los trámites señalados en estos lineamientos en un término no mayor a 10 días hábiles contados a partir de la recepción y generación del comprobante correspondiente a través del Centro Integral de Servicios.
- Las acciones de control sanitario podrán realizarse de manera física, así como vía remota por medio de Vídeo-verificación en línea de acuerdo a las condiciones, mecanismos y dispositivos tecnológicos que lo permitan.
Circular CAAAREM G-0107/2021