Comité de Facilitación Comercial

La facilitación comercial se ha convertido en un tema de gran relevancia, tanto para los diferentes países como para los distintos organismos internacionales, debido a que su objetivo principal es -justamente- la simplificación y armonización de los procedimientos que rigen el comercio internacional, esto a través de políticas y medidas destinadas a reducir los costos del comercio, mejorando la eficiencia en cada fase de la cadena de comercio internacional.
El primer debate entre los miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC) sobre la Facilitación Comercial, tiene lugar en la Conferencia Ministerial de Singapur en el año 1996. Sin embargo, las primeras negociaciones se inician en octubre de 2004, cuyo marco de referencia era la libertad de tránsito, derechos y formalidades referentes a la importación y a la exportación, así como la publicación y aplicación de los reglamentos comerciales del GATT.
De dichas negociaciones surge el Grupo de Negociación sobre la Facilitación Comercial donde además de la participación de diferentes países también se contó con la presencia de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), el Banco Mundial (BM), la Organización para Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) y de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD) con el fin de compartir los trabajos desarrollados en este ámbito.
Finalmente, los miembros de la OMC concluyeron en la Conferencia Ministerial de Bali de 2013 las negociaciones relativas al importante Acuerdo sobre Facilitación del Comercio (AFC), que entró en vigor el 22 de febrero de 2017 tras su ratificación por dos tercios de los Miembros de la OMC. El AFC contiene disposiciones para agilizar el movimiento, el levante y el despacho de las mercancías, incluidas las mercancías en tránsito. Asimismo, en él se establecen medidas para la cooperación efectiva entre las autoridades aduaneras y otras autoridades competentes en las cuestiones relativas a la facilitación del comercio y el cumplimiento de los procedimientos aduaneros, además de disposiciones sobre asistencia técnica y creación de capacidad en esta esfera.
México fue uno de los países que ratificó la entrada en vigor de dicho Acuerdo, a través de la notificación que envío al Comité de preparación del AFC del a OMC (en 2014), mediante la cual se comprometía a implementar todo lo estipulado dentro del Acuerdo en cuanto entrara en vigor.
Al respecto y referente a los compromisos aceptados por parte de nuestro país, se fueron desarrollando diversos trabajos técnicos para la conformación de un Comité Nacional de Facilitación del Comercio, con la finalidad de:
- Coordinar e implementar procesos de simplificación y estandarización entre las diferentes dependencias.
- Diseñar y establecer programas de operación.
- Acordar regulaciones internas y suscribir acuerdos.
- Proponer soluciones para mejorar la eficiencia en el comercio.
- Dar seguimiento a acciones y propuestas para la mejora continua.
Finalmente, el pasado 22 de enero de 2021 se publicó el Acuerdo por el que se crea, con carácter permanente, el Comité Nacional de Facilitación del Comercio cuyo objetivo es facilitar la coordinación entre las dependencias y las diversas entidades de la Administración Pública Federal para el diseño, ejecución y evaluación de programas y acciones en materia de facilitación del comercio, así como para la implementación y aplicación de las disposiciones del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio con base en la normatividad nacional e internacional aplicable.
El Comité estará integrado por representantes de las siguientes dependencias con voz y voto:
I. Secretaría de Economía; (SE)
II. Secretaría de Relaciones Exteriores; (SRE)
III. Secretaría de la Defensa Nacional; (SEDENA)
IV. Secretaría de Hacienda y Crédito Público; (SHCP)
V. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; (SEMARNAT)
VI. Secretaría de Energía; (SENER)
VII. Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural; (SADER)
VIII. Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT)
IX. Secretaría de Salud. (SSA)
Este comité hará las recomendaciones pertinentes observando el ámbito de la competencia de cada una de las dependencias de la Administración Pública Federal que lo conforman, con la finalidad de que las políticas, programas y acciones de las dependencias que lo integran, se orienten de manera coordinada y conjunta para adoptar e implementar medidas de facilitación del comercio.
Por otro lado y dentro del mismo Acuerdo se listan algunos representantes del sector privado, es decir, Cámaras y Confederaciones empresariales; siempre y cuando se estime necesario contar con su voz u opinión para efectos de las recomendaciones pertinentes.
El establecimiento de dicho Comité representa un gran avance en el cumplimiento de los compromisos internacionales con la OMC, pero además para el comercio exterior de México, razón por la que dicho Comité deberá quedar instalado antes del 12 de marzo de 2021 y así, poder hacer tangibles las distintas funciones encomendadas al mismo.
Escrito por Libertad Rivera