Consideraciones en la contratación de seguros para el transporte de mercancías.

El concepto de seguro explotado con ánimo de lucro, tiene su antecedente más remoto en la industria italiana del seguro marítimo en el siglo XIV. En el año de 1347 se suscribe el primer contrato de seguro marítimo cuyo original se conserva actualmente en el archivo notarial genovés, donde consigna que se aseguró un buque nombrado “Santa Clara” cuya ruta cubrió los puertos de Génova en Italia y de Mallorca en España[1].
Estos contratos se realizaban por mediación de un corredor o agente y recibieron desde entonces el nombre de “póliza”. En 1309 en un documento firmado por el Duque de Génova aparece por primera vez la palabra latina assicuramentum, utilizada con el concepto moderno del seguro, así como las primeras disposiciones legales para regularlo. En el año de 1435 se promulgó en Barcelona, España, la Ordenanza del Seguro Marítimo, que es la más antigua reglamentación formal de la que se tiene noticia. De tal forma que cuando Cristóbal Colón descubrió América, este concepto de aseguramiento de las travesías marítimas ya tenía 55 años de existencia.
En la época actual, el traslado de los productos terminados desde las plantas de manufactura hacia los centros de distribución (CEDIS) y de éstos hasta los puntos de venta final, a través de los diferentes canales de distribución, siempre ha significado uno de los mayores retos en materia de seguridad, debido a la alta densidad económica de las mercancías, aunado a su fácil comercialización en el mercado negro.
A esto contribuyen también, la alta exposición al riesgo durante los traslados, en función del modo de transporte empleado, siendo el de menor índice de siniestralidad el aéreo (con excepción de los daños a la mercancías por manejo deficiente), seguido por el marítimo y el ferroviario, para finalizar con el modo carretero -mejor conocido en la industria como terrestre-, el cual registra el mayor índice de siniestros contra el número de operaciones realizadas, en comparación con las demás modalidades de transporte.
En ese sentido, la oferta del mercado de seguros ofrece actualmente una serie de coberturas de riesgo, dependiendo de las necesidades de los actores que intervienen en una operación de compra-venta internacional. Entre los más comunes aplicados al transporte existen los denominados ROT (Riesgos Ordinarios de Tránsito) los cuales incluyen: las colisiones y volcaduras de los vehículos de transporte, incendio, caída de rayo, inundaciones, huelgas y alborotos populares, hundimiento de embarcaciones, robo total con violencia (asalto), barreduras (oleaje sobre cubierta de los buques que arrastra las mercancías al mar) y caída de aviones.
Como riesgos adicionales que requieren coberturas específicas, se encuentran los robos parciales de bultos por entero, faltantes de mercancías, daños a productos perecederos por fallas de la maquinaria de conservación, rotura y oxidación de maquinaria, entre los más recurrentes.
En el ámbito privado, es necesario conocer, evaluar y seleccionar la oferta de las principales coberturas y programas de seguros disponibles en el mercado de acuerdo al perfil particular del negocio y sus índices de siniestralidad. Los principales rubros a considerar son:
• Instalaciones, activos y operaciones vulnerables o con exposición al riesgo.
• Niveles de riesgo, índices de ocurrencia y necesidades de aseguramiento.
• Pólizas anuales de cobertura y programas especializados aplicables por evento.
• Sumas aseguradas y riesgos cubiertos.
• Deducibles y exclusiones.
• Procedimientos y mecanismos para notificar siniestros y para reclamar indemnizaciones.
• Programas con sistemas de aseguramiento en línea.
El objetivo central, es poder integrar un plan estructurado que en todo momento proporcione visibilidad, trazabilidad, control y seguridad sobre los riesgos, tomando en cuenta lo siguiente:
Concepto de Riesgo patrimonial. Aquel que implica una disminución o pérdida, total o parcial, del patrimonio del asegurado como consecuencia de un evento que puede afectarle.
Eliminación del Riesgo. Proceso por el cual se trata de reducir o eliminar la probabilidad de aparición de un riesgo o la magnitud de sus consecuencias, para situarlo en niveles asumibles por la organización, o bien, eliminarlo.
Reducción del Riesgo. Proceso de selección e implementación de medidas para eliminar o reducir la probabilidad de aparición y/o la intensidad de las posibles consecuencias de un riesgo.
Transferencia del Riesgo. Transmisión del riesgo de una persona/empresa a otra, en virtud del contrato de seguro. El asegurado a cambio del pago de la correspondiente prima, “transfiere” sus riesgos al asegurador.
Contratación de seguros para transporte de mercancías. Las consideraciones principales que se deben contemplar son:
Límites de responsabilidad por modo de transporte. La regulación del transporte terrestre de mercancías establece una limitación a la cantidad por la que debe responder el transportista cuando no se declara el valor de la mercancía en caso de daño, avería o retrasos en la entrega. Este límite varía en función del modo utilizado, siendo un valor común en México, el equivalente al monto de 15 salarios mínimos diarios por tonelada transportada para los modos carretero y ferroviario. (este valor puede variar, si la legislación correspondiente modifica la referencia del salario mínimo, por la de Unidad de Medida o Actualización o UMA). El marítimo y el aéreo se rigen, en esa materia, por las disposiciones establecidas en los códigos y acuerdos internacionales. En ese sentido el embarcador requiere contratar un seguro adicional para el valor no cubierto, el cual generalmente le cubre el valor total menos el deducible establecido de acuerdo al siniestro ocurrido. (5% en ROT y 10% en robo parcial)
Vigencia de la cobertura. Esta es una consideración de la mayor importancia ya que establece los puntos de la travesía o traslado, donde el seguro responde por siniestros ocurridos, estos pueden ser: del punto de origen al almacén de destino o bien de puerto a puerto (cobertura habitual de los seguros chinos).
Inicio de la cobertura. Fecha y hora de registro del embarque en el sistema en línea, antes de comenzar el movimiento de transporte.
Riesgos cubiertos. Los mencionados ROT, así como riesgos adicionales que pueden ser:baratería del capitán, avería gruesa, fallas en el sistema de refrigeración de la unidad, robo total y rotura de maquinaria, entre otros.
Suma asegurada. En este rubro es necesario tomar en cuenta que existen distintos valores aplicables a saber:
-Valor declarado de la mercancía (comprobable). Este es un valor que proporciona el embarcador al momento de documentar la mercancía, ya sea con el transportista que inicia el recorrido o bien ante la empresa aseguradora con la cual tiene un contrato de cobertura. En el caso de un siniestro con pérdida total, a este valor deberán agregarse los gastos incurridos desde el inicio del viaje, hasta la ocurrencia del siniestro que se reclame, tales como fletes, maniobras, gastos aduanales y cualquier otro comprobable. Este valor sirve de base para el cálculo de la prima por coberturas.
-Valor factura del productor. Se acredita con la factura expedida por el fabricante de la mercancía y también aplican, en el caso de siniestros, la adición de los gastos mencionados en el rubro anterior.
Valor de mercado con base a precio de referencia. Existen algunos bienes como el caso de productos perecederos sujetos a una cotización de mercado, cuyo valor puede variar entre el momento del embarque y hasta la ocurrencia del siniestro, por lo que será importante contar con algún documento que acredite dicho valor.
Valor de reposición (bienes fungibles). Los bienes fungibles son aquellos que se pueden reponer en especie en lugar de pagar la suma asegurada, ya que son bienes que sufren desgaste, deterioro o hasta destrucción, como el caso de granos agrícolas los cuales en un siniestro pueden contaminarse, mojarse o sufrir una transformación de sus propiedades.
Exclusiones. Son los conceptos por los cuales la compañía aseguradora no se hace responsable del daño o pérdida de la mercancía, como pueden ser:
-Descomposición del bien por causa distinta a fallas de la unidad de refrigeración. (aplica para bienes perecederos)
-Errores en la documentación del embarque. Cualquier error que se refleje en una descripción equivocada de la mercancía, diferencias en cantidad o peso de las mercancías o cualquier otro que, a juicio de la compañía aseguradora, genere una duda razonable para negar la indemnización.
-Robo parcial. Cuando la póliza estipule la cobertura de robo total, la compañía aseguradora no responderá por pérdidas debidas a la sustracción de parte del embarque por terceros involucrados.
-Rechazo de la mercancía en destino. Ya sea por degradación de calidad, incumplimiento de normas o falta de documentación. Este concepto por lo regular aplica para bienes perecederos.
Aspectos clave de las reclamaciones. Estos son los aspectos más comunes que debe conocer y aplicar el asegurado para la procedencia de las reclamaciones por siniestros. La falta de ellas puede dar lugar a la falta de pago por parte de la seguradora:
Aviso oportuno a la aseguradora sobre el siniestro. Al momento de la ocurrencia de un siniestro o de que el asegurado tenga noticias de el mismo, debe de inmediato dar aviso a la compañía aseguradora, a fin de que ésta designe a sus representantes o ajustadores y se presenten al lugar del acontecimiento. Aunque el asegurado cuenta con un plazo máximo de 2 años para reclamar la indemnización a la aseguradora, esto no lo exime de dar el aviso oportuno sobre la ocurrencia del siniestro.
Mitigación del riesgo por parte del asegurado. Cuando ocurre un siniestro donde es posible recuperar parte de la mercancía asegurada, el transportista y el asegurado, deben aplicar todas las medidas a su alcance para mitigar una pérdida mayor, como es el rescate y resguardo de bultos, piezas o mercancía a granel recuperable. La falta de estas medidas puede provocar una falta de pago de parte de la compañía aseguradora, ya sea parcial o total.
Presentación de los documentos solicitados que soporten la pérdida. En este caso se recomienda que los asegurados se informen de los requisitos que solicita la compañía aseguradora o el ajustador, para dar entrada a la reclamación, como pueden ser: actas circunstanciadas del ministerio público, denuncias oficiales, partes de accidente expedidos por los cuerpos policiacos que intervinieron o declaración bajo protesta de decir verdad del asegurado o personas que intervinieron en el siniestro, entre otras.
Acreditación del valor de la mercancía. En este concepto se deben presentar los documentos que solicite la aseguradora para acreditar los costos incurridos en la fabricación de los bienes y su transporte, (para el caso de que sea el vendedor el que reclame la indemnización), o bien la factura comercial y los comprobantes de fletes, maniobras, despacho aduanal y demás gastos incurridos, en caso de que sea el comprador el que presente la reclamación. Esto dependerá del punto de ocurrencia del siniestro y del Incoterm aplicable.
Escrito por Sergio García
[1] Tomado de la Gran Enciclopedia del Mundo DURVAN, S.A. Antecedentes Históricos del Seguro. Ediciones Bilbao.