Cupo para exportar azúcar a EE.UU.

Acuerdo para la Protección de las Denominaciones de las Bebidas Espirituosas entre México y Reino Unido
Antecedente
Decreto por el que se aprueba el Acuerdo sobre el Reconocimiento Mutuo y la Protección de las Denominaciones de las Bebidas Espirituosas entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, hecho en la Ciudad de México el 30 de noviembre de 2020.
Relevancia
Productos que serán aplicables (Art. 2) El presente Acuerdo será aplicable a los productos de la partida 2208 del Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías.
Condiciones para las denominaciones protegidas (Art. 4)
- En México, las denominaciones protegidas del Reino Unido:
(a) sólo podrán ser utilizadas conforme a las condiciones previstas en la legislación y reglamentación del Reino Unido, y
(b) se reservan exclusivamente a las bebidas espirituosas originarias del Reino Unido a las que sean aplicables.
- En el Reino Unido, las denominaciones protegidas de México:
(a) sólo podrán ser utilizadas conforme a las condiciones previstas en la legislación y reglamentación de México, y
(b) se reservan exclusivamente a las bebidas espirituosas originarias de México a las que sean aplicables.
Organismos responsables Art. (14)
- Cada una de las Partes designará los organismos responsables del control de la aplicación del presente Acuerdo.
- Las Partes se informarán mutuamente, a través de los canales diplomáticos, los nombres y direcciones de esos organismos a más tardar dos meses después de la entrada en vigor del presente Acuerdo. Dichos organismos cooperarán estrecha y directamente
Circular CAAAREM G-0349/2021
Cupo para exportar azúcar a los Estados Unidos
Se publica el monto del cupo total para exportar a los Estados Unidos de América azúcar originaria de México, que derive de la caña de azúcar o de remolacha, en el periodo del 01 de octubre de 2020 al 30 de septiembre de 2021. Lo anterior de conformidad con el punto 13 del Acuerdo por el que se sujeta a permiso previo de exportación de azúcar publicado en el D.O.F. 05/10/2017.
Monto del Cupo | Unidad de medida |
15,900.228 | Toneladas métrica valor crudo |
Circular CAAAREM G-0351/2021