Operación Aduanera

Decisión No. 93 de la Comisión Administradora del TLC México-Colombia

Decisión No. 93 de la Comisión Administradora del TLC México-Colombia

Se otorga una dispensa temporal, para nuevos productos de conformidad con lo dispuesto en los párrafos 2 y 4 del Artículo 6-24 del Tratado, tales como: Tejidos de punto, pantalones para mujeres o niñas de fibras sintéticas, camisas de punto para hombres o niños de fibras sintéticas, sostenes, fajas y fajas braga incluso de punto, corsés, tirantes, ligas incluso de punto, identificados en las subpartidas del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías: 6004.10, 6005.31, 6005.32, 6005.33, 6005.34, 6006.31, 6006.32, 6006.33, 6006.34, 6104.63, 6105.20, 6106.20, 6108.22, 6112.31, 6112.41, 6212.10, 6212.20 y 6212.90.

La presente dispensa que se da a conocer a través de Acuerdo, entrará en vigor a partir del 14 de mayo de 2018 y concluirá su vigencia el 13 de mayo de 2020.

Cabe mencionar, que para obtener el presente trato arancelario, el certificado de origen debe ser llenado y firmado por el exportador, e indicar en el campo de observaciones la siguiente frase: “el bien cumple con lo establecido en la Decisión No. 93 de la Comisión Administradora del Tratado y utilizó (monto(s)) kgs. de la dispensa otorgada a (nombre del (de los) material(es) utilizado(s)), clasificado(s) en la fracción (fracciones) arancelaria(s). 

Circular CAAAREM G-0068/2018

Permiso de importación-Ingredientes activos

La Dirección General de Salud Animal, ha notificado que el requisito relacionado con el permiso de importación para los ingredientes activos de los clasificados en el grupo I del “Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se establece la clasificación y prescripción de los productos farmacéuticos veterinarios por el nivel de riesgo de sus ingrediente activos” (DOF 12/07/2004) se ha incorporado en la combinación del grupo de mercancías reactivos y estándares analíticos 099-33-2426.

A manera de referencia se adjunta copia de la combinación de España-Argentina (099-33-2426-ESP-ARG), en la cual el requisito anteriormente citado, se encuentra dispuesto en el numeral 4, así como un listado que contiene las combinaciones que serán modificadas.

Circular CAAAREM T-0088/2018

Importación temporal de mercancías destinadas al mantenimiento y reparación de los bienes importados temporalmente

A través del portal de la VUCEM se publicó la Hoja Informativa 06, por medio de la cual se informa que a partir del 14 de mayo de 2018, se encontrará disponible para los usuarios en la Ventanilla Única, dentro de los trámites de la Administración General de Aduanas, el trámite de “Importación temporal de mercancías destinadas al mantenimiento y reparación de los bienes importados temporalmente”, al que se refieren los artículos 106 y 107 de la Ley Aduanera, en relación con la regla 4.2.12., de las RGCE, Anexos 1 y 29, numeral 45 de las referidas reglas, bajo las siguientes modalidades:

  • Aviso de importación temporal de mercancías para mantenimiento en empresas ferroviarias o áereas concesionarias.
  • Aviso de importación temporal para empresas de agencias navieras y marinas turísticas concesionadas.
  • Autorización de importación temporal para empresas concesionadas.
  • Aviso de retorno de partes o refacciones reemplazadas.

Circular CAAAREM G-0069/2018