Dispensa temporal TLC entre México y Colombia

Fechas de recepción de trámites ante la Secretaría de Economía
Se dan a conocer las fechas de recepción de trámites ante la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior, durante el periodo vacacional 2021-2022
- El último día de recepción de Certificados de Origen Emergentes, Registros de cuestionarios emergentes, Cupos con fin de vigencia al 31 de diciembre de 2021 y Permisos de Exportación de Azúcar, será el miércoles 15 de diciembre de 2021 hasta las 18:00 horas. (Todo lo que sea recibido con posterioridad a la fecha y hora señalada, se emitirán en enero de 2022)
- El día jueves 16 de diciembre de 2021 hasta las 18:00 horas será el último día de recepción de los siguientes trámites a efecto de que se emitan este mismo año: Permisos de Calzado, Textil y Confección; Certificados de Origen ALADI y TLC Panamá, Certificados de Origen que se emiten de manera física en papel seguridad Unión Europea, AELC, TLC Japón y SGP (conforme a las disposiciones actuales); y, Avisos de Tomate. (Todo lo que se reciba en fecha y hora posterior a lo señalado, se emitirá en enero de 2022).
- El día viernes 17 de diciembre de 2021 hasta las 18:00 horas será el último día de recepción de Certificados de Cupos TPLs.
- Los layouts de las Normas Oficiales Mexicanas que se remiten vía correo electrónico, se seguirán compilando en el periodo vacacional, pero únicamente se enviará la información a validación al SAT y se publicará en el SNICE, los días martes 21 y 28 y los jueves 23 y 30 de diciembre de 2021. El corte se realizará a las 11:00 horas de los días previamente mencionados.
- Los plazos de respuesta de los trámites que se llevan ante esta Dirección General, incluidos aquellos que se tramitan a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM), se suspenderán durante el periodo vacacional y se reanudarán el primer día hábil de enero de 2022, salvo lo siguiente: Las solicitudes de los avisos automáticos de productos siderúrgicos se seguirán recibiendo durante el periodo vacacional, pero únicamente los días martes 21 y 28 y los jueves 23 y 30 de diciembre de 2021 se emitirán las resoluciones.
- En los casos no previstos en el presente boletín, la información y documentación que se remita durante el periodo vacacional a los correos electrónicos habilitados por esta Dirección General no se considerarán recibidos, por lo que, se deberán reenviar a partir del primer día hábil de enero de 2022.
Circular CAAAREM G-0464/2021
Dispensa temporal dentro del TLC entre México y Colombia
En el presente Acuerdo se puede observar el establecimiento de la Dispensa temporal, para ciertos insumos y bienes textiles producidos u obtenidos fuera de la zona de libre comercio, con la finalidad de que reciban trato arancelario preferencial establecido en el Tratado de Libre Comercio.
Dicha Dispensa Temporal se muestran a continuación:
Se otorga del periodo 10 de diciembre del 2021 al 28 de junio del 2022, para la elaboración de ciertos bienes textiles, tales como: “sostenes (corpiños); bragas (bombachas, calzones) (incluso las que no llegan a hasta la cintura)”, de fibras sintéticas o artificiales, utilizando el material producido u obtenido fuera de la zona de libre comercio que se muestra a continuación:
Únicamente para Poliamida 6.6 Texturizada SM red 33/34/1, 33 Dx, 34 filamentos, 1 cabo.
Circular CAAAREM G-0466/2021
Modificación a los NICOS
Derivado de la pasada publicación del 18 de noviembre, resulta necesario adecuar el Acuerdo por el que se da a conocer los Números de identificación Comercial aplicables a las fracciones arancelarias, con la finalidad de una correcta implementación y certeza jurídica. En el presente Acuerdo podemos observar los cambios siguientes:
- Se crean 65 Números de Identificación comercial (NICOS), correspondientes a productos agrícolas de los Capítulos (07, 08, 09, 10, 13 y 18), bebidas alcohólicas, de la Partida 22.08, manufacturas de madera, vajillas de talavera y bisutería de ámbar.
- Se eliminan 31 Números de Identificación comercial (NICOS), en los que se identificaba a mercancías tales como: chile bell, chile habanero, chile jalapeño, chile serrano, chile anahem, chile caribe, mangostanes, mangos, guayabas, café descafeinado, arroz con cascara, arroz descascarillado, tequilas con contenidos de capacidad inferior o igual a 5 litros, entre otros.
Circular CAAAREM G-0465/2021
Resolución Anticipada: 4ta RM a la Resolución Miscelánea fiscal para 2021
Su entrada en vigor será el día siguiente al de su publicación en el DOF y su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.8. tercer párrafo de la RMF A continuación, detallamos lo mas relevante de la publicación:
Días Inhábiles (2.1.6)
Se adiciona la referencia la segundo periodo general de vacaciones del 2021, el cual comprende los días del 20 al 31 de diciembre de 2021.
Características de seguridad de los marbetes y precintos (5.2.6)
Se reforma la presente regla, respecto a la fracción I se adiciona la palabra “físicos”, por lo que la fracción I estable las características de seguridad de la impresión calcográfica de los marbetes físicos de bebidas alcohólicas.
Respecto a la fracción II se adicionan algunas precisiones a las características de la Impresión digital del marbete electrónico de bebidas alcohólicas.
Circular CAAAREM G-0469/2021
Instructivo de llenado “CFDI Complemento Carta Porte”
el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha dado a conocer a través de su portal de internet, los instructivos de llenado del CFDI complemento Carta Porte versión 2.0, actualizados al mes de Diciembre.
Respecto al instructivo de llenado del CFDI complemento Carta Porte, estos fueron publicados el 06/12/2021, y se divide conforme a los distintos tráficos:
- Autotransporte
- Aéreo
- Marítimo
- Ferroviario
Enlace de información del CFDI complemento Carta Porte: http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/complemento_carta_porte.htm
Circular CAAAREM G-0472/2021