Operación Aduanera

Esquema de cumplimiento con NOMs de etiquetado en aduana

Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias

La Secretaría de Economía (SE) el Aviso mediante el cual se da a conocer el último día de vigencia de las Cuotas Compensatorias impuestas a diversos productos.

Asimismo, se establece que cualquier productor nacional de las mercancías que se indican en el Aviso, podrá expresar a la SE, por escrito, su interés de que inicie un procedimiento de examen para determinar las consecuencias de la supresión de la cuota compensatoria, así como del compromiso de exportadores, a mas tardar 25 días hábiles antes del término de la vigencia que corresponda, en la oficialía de partes de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales.

Circular CAAAREM G-0413/2020

Prueba respecto a la incorporación de los campos Decrementables

En seguimiento al boletín 17, a través del cual se dieron a conocer las fechas en las que se realizarían las pruebas para la incorporación de los campos de Decrementables, se comunica que dichas pruebas serán pospuestas en tanto se publica el Anexo 22 de las RGCE con las modificaciones correspondientes, por lo que, tampoco se deberán de transmitir los campos 31 al 35 del registro 501, hasta la publicación de dicho instrumento.

Circular CAAAREM T-0140/2020

Listado IMMEX autorizadas para realizar operaciones sensibles.(2a semana octubre)

La SE a través de la cuenta de twitter de SNICE, da a conocer el listado de empresas IMMEX autorizadas para realizar importaciones temporales y transferencias de mercancías consideradas como sensibles (Anexo II del Decreto IMMEX), actualizado a la segunda semana de octubre 2020.

Circular CAAAREM G-0412/2020

Esquema de cumplimiento con NOMs de etiquetado en aduana

La DGFCCE dio a conocer el Oficio  referente al Numeral 6 del Anexo 2.4.1. del Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior.

Esquema de cumplimiento:

Para efecto de lo dispuesto en las fracciones II y III del numeral 6, las unidades de verificación podrán optar por enviar, en lugar de la solicitud de servicios, el contrato de prestación de servicios, siempre y cuando se cumpla con lo siguiente:

  • El importador, con el cual la unidad de verificación celebró el contrato de prestación de servicios, deberá contar con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas a que se refiere la regla 7.1.4. de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020, en la modalidad de Operador Económico Autorizado o en su caso, deberá haber importado al país mercancías con un valor equivalente en moneda nacional a 200,000,000 de dólares de los Estados Unidos de América, en una o varias operaciones durante el último año calendario, lo cual será corroborado por la Secretaría de Economía.
  • La unidad de verificación acreditada deberá enviar al correo electrónico noms.etiquetado@economia.gob.mx, mediante el layout1 que para tal efecto dio a conocer la Secretaría de Economía en el portal www.snice.gob.mx, indicando únicamente ciertos campos.

Además, los importadores que opten por utilizar el presente esquema, deberán cumplir también ciertos requisitos.

Circular CAAAREM G-0411/2020

Modificación a las RCG relativas a la aplicación del TLC México-Panamá, para adecuar el llenado del campo 13 del Certificado de Origen

La Secretaría de Economía dio a conocer la RESOLUCIÓN que modifica a la diversa que establece las reglas de carácter general relativas a la aplicación de las disposiciones en materia aduanera del TLC entre México y Panamá, así como su Anexo.

Opciones para el llenado del campo No. 13 del Certificado de Origen

A. Esquema tradicional: ciudad, país, fecha, nombre, firma autógrafa y sello en tinta.

B. Esquema simplificado: ciudad, país, fecha, nombre, firma facsímil, y sello en imagen.


Los certificados de origen expedidos con anterioridad a ésta publicación seguirán siendo válidos durante el plazo de su vigencia.

Circular CAAAREM G-0420/2020