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La importancia del certificado de origen y los regímenes arancelarios preferenciales

Antes de iniciar este articulo tenemos que definir qué es el certificado de origen y cuáles son los fines de dicho documento para las operaciones de comercio internacional que tiene México con otros países a traves de tratados internacionales.

El certificado de origen es un documento de suma importancia para la certificar y amparar que la mercancía que se exporta o importa es de un país de origen, y no ha recibido modificación alguna, es decir es producto nacional; y este documento es la base de la clasificación arancelaria,  determinante para exentar o disminuir los aranceles en las mercancías, en concreto acceder a la aplicación del trato preferencial arancelario. 

¿Cuáles son algunas causales de rechazo de un Certificado de Origen?

1.-  Cuando sea ilegible o presente alguna raspadura, tachadura o enmienda.

2.- Cuando las mercancías descritas en el certificado de origen no correspondan a las que se importen con el trato arancelario preferencial solicitado en el pedimento.

3.- Cuando no se utilice el formato de certificado de origen.

4.- Cuando sea expedido por un exportador ubicado en un país no Parte del Tratado.

En el caso de que exista un error en el llenado del certificado de origen y por ende su mala aplicación en el trato preferencial,  las consecuencias legales para las partes en las operaciones de comercio exterior se resumirían en el Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA) y Procedimientos Administrativo por Omisión de Contribuciones (PACO), que generaría como consecuencia la implementación a una defensa en materia de Comercio Exterior e incluso el pago de multas y sanciones derivadas por el incorrecto llenado del Certificado de Origen.

Ejemplificando y en caso de preferencia arancelaria utilizando el Certificado de Origen TLCAN, a partir del 1 de julio de 2020 las solicitudes de trato arancelario preferencial para las mercancías originarias de América del Norte, deberán realizarse cumpliendo con las disposiciones aplicables del T-MEC y en la Resolución por la que se establecen las reglas de carácter general relativas a la aplicación de las disposiciones en materia aduanera del T-MEC, así como sus anexos.

¿Cómo debe llenarse una certificación de origen para la exportación definitiva de mercancía que fue objeto de transferencias (operaciones virtuales) y quién deberá emitir dicha certificación?

La certificación de origen podrá llenarse electrónicamente, deberá contener la información establecida en el Anexo 5-A (Elementos Mínimos de Información) del T-MEC y podrá ser firmada por el certificador ubicado en cualquiera de los países Parte del T-MEC, ya sea de manera autógrafa, electrónica o digital, de acuerdo con la legislación que corresponda.

Por lo anteriormente expuesto es indispensable que el certificado de origen se encuentre requisitado conforme al instructivo de llenado que tiene el certificado de origen dentro de cada uno del tratados comerciales que tiene México vigentes, ya que el más mínimo error en dicho documento provocaría consecuencias legales, económicas, financieras para el importador, exportador afectando las operaciones de comercio exterior.

Escrito por: Lic. Andrés Flores Castro.COMEXFIS at JP&G International Boat.


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https://www.gob.mx/se/acciones-y-programas/comercio-exterior-paises-con-tratados-y-acuerdos-firmados-con-mexico