Logística

Ley General de Movilidad y Seguridad Vial y su impacto logístico

A principios de los años 80 del siglo XX, nuestro país inició una dinámica tendencia de crecimiento de la población, al tiempo que el parque vehicular constituido por los automóviles particulares, los vehículos comerciales y la flota del autotransporte público y privado para el transporte de pasajeros y mercancías, acusó un incremento exponencial que en poco tiempo rebasó la capacidad de diseño de las principales infraestructuras viales.

En efecto, las entonces denominadas “vías rápidas” que en el Valle de México permitían la circulación vehicular hasta en 80 km/h, empezaron a acusar una sobresaturación en las denominadas horas pico y su velocidad de desplazamiento se redujo drásticamente registrando valores entre los 12 y 20 km/h. Las autoridades metropolitanas emprendieron entonces un ambicioso programa de desarrollo de infraestructura que tuvo sus mayores expresiones en el sistema de los “Ejes viales” y en el llamado “Circuito Interior”. A fin de incrementar su capacidad de desfogue del tránsito vehicular, se incluyó un sistema de semáforos sincronizados que permitía el avance continuo en los ejes viales, calculando velocidades de entre 60 y 80 km/h y se establecieron carriles exclusivos para el transporte público de pasajeros, así como un programa de crecimiento de las líneas del metro, a fin de desalentar el uso del automóvil particular.

Al mismo tiempo se realizaron readecuaciones a las vialidades de acceso controlado como el Anillo Periférico con una lateral continua y al Viaducto Miguel Alemán, convirtiendo en tres los dos amplios carriles con los que había sido diseñado de origen. En ese entonces se empezó a restringir la circulación de vehículos pesados en las vialidades de acceso controlado y el Circuito Interior en los horarios pico, impactando la incipiente logística de entonces. En las décadas siguientes, se evidenció en todo el país, que el crecimiento de la población y la flota vehicular rebasaba las previsiones y el desarrollo de la infraestructura vial y carretera, ya que empezó a ir siempre detrás del problema. Paralelamente se relajaron los requisitos para obtener las licencias de conducción, que antaño incluían exámenes teóricos y prácticos, para dejar como único requisito, cumplir la mayoría de edad, que, además, se redujo de 21 a 18 años.

Todo lo anterior ha venido gestando en nuestro país, un creciente caos en materia de movilidad de las personas y bienes y en la seguridad vial, al grado que en este 2022, por primera vez en la historia moderna, se emite un ordenamiento de aplicación general que intentará regular todos los aspectos descritos y que incidirá tanto en la movilidad de pasajeros y vehículos privados, así como en la logística para el movimiento de carga en todo el país, a partir del ordenamiento territorial y operacional del sistema de transporte.  

En efecto, el pasado 17 de mayo del presente año, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la nueva Ley General de Movilidad y Seguridad Vial cuyo objetivo principal es el de Sentar las bases para la política de movilidad y seguridad vial, bajo un enfoque sistémico y de sistemas seguros, a través del Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial y la información proporcionada por el Sistema de Información Territorial y Urbano para priorizar el desplazamiento de las personas, particularmente de los grupos en situación de vulnerabilidad, así como bienes y mercancías, con base en la jerarquía de la movilidad señalada en esta Ley, que disminuya los impactos negativos sociales, de desigualdad, económicos, a la salud, y al medio ambiente, con el fin de reducir muertes y lesiones graves ocasionadas por siniestros viales, para lo cual se debe preservar el orden y seguridad vial”

Como objetivo complementario establecido en su artículo 1, fracción VIII se consigna: Establecer las bases para priorizar los modos de transporte de personas, bienes y mercancías, con menor costo ambiental y social, la movilidad no motorizada, vehículos no contaminantes y la intermodalidad. Este último objetivo, aplicable específicamente a los aspectos logísticos que implican, entre otros, los movimientos de bienes y mercancías, utilizando combinaciones de los distintos modos de transporte.

Los principales alcances de la Ley son el establecimiento de una Estrategia Nacional de Movilidad y Seguridad Vial, que fungirá como instrumento rector para la conducción de la Política Nacional en la materia, y para el establecimiento del Sistema Nacional respectivo, que involucra la coordinación, atribuciones y obligaciones, de las autoridades de los tres órdenes de gobierno en materia de movilidad, seguridad vial y transporte terrestre. Entre otros puntos relevantes, establece la obligatoriedad de la Educación Vial, como la actividad cuya finalidad es promover una cultura vial en la población, dirigida a todas las personas usuarias de la vía, con el objetivo de generar cambios en los patrones de comportamiento social.

En ese sentido, comprende el denominado Examen de valoración integral como un conjunto de evaluaciones físicas, médicas y de conocimientos en materia de reglamentos de tránsito, que las autoridades de los tres órdenes de gobierno en el ámbito de sus funciones practican a las personas aspirantes para obtener o renovar una licencia de conducir. Por lo que respecta a la Seguridad vial, la establece como el conjunto de políticas y sistemas orientados a controlar los factores de riesgo, con el fin de prevenir y reducir las muertes y lesiones graves ocasionadas por siniestros de tránsito.

Entre sus alcances se cuentan a la infraestructura, la movilidad, la señalización de las vías, la prestación de los servicios de transporte en general y los de servicio público en particular, los servicios auxiliares complementarios a la prestación del servicio de transporte público, los vehículos que transitan por las vías de comunicación. Entre los aspectos que establece para la prestación de los servicios públicos, menciona la Calidad, como la acción de garantizar que los sistemas de movilidad, infraestructura, servicios, vehículos y transporte público cuenten con los requerimientos y las condiciones para su óptimo funcionamiento con propiedades aceptables para satisfacer las necesidades de las personas. la Eficiencia como el propósito de maximizar los desplazamientos ágiles y asequibles, tanto de personas usuarias como de bienes y mercancías, optimizando los recursos ambientales y económicos disponibles y la Resiliencia como el objetivo delograr que el sistema de movilidad tenga capacidad para soportar situaciones fortuitas o de fuerza mayor, con una recuperación breve y de bajo costo, tanto para la sociedad como para el medio ambiente.

Otorga facultades al Sistema Nacional, a fin de establecer las bases de planeación, operación, funcionamiento y evaluación de las políticas en materia de movilidad y seguridad vial de carácter nacional, sectorial y regional, con el propósito de desarrollar los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, los programas federales y los planes de las entidades federativas y de los municipios. Establece de manera transversal los mecanismos y criterios de la vinculación de la movilidad y la seguridad vial como fenómenos multifactoriales y multidisciplinarios con el transporte, la accesibilidad, tránsito, ordenamiento territorial, desarrollo urbano, medio ambiente, cambio climático, desarrollo sostenible y espacio público, así como el ejercicio de los derechos sociales relacionados con la accesibilidad, que deberán ser observados para la coordinación entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno.

Determina los distintos tipos de vías del territorio nacional, de conformidad con sus características físicas y usos, a efecto de establecer límites de velocidad de referencia, que deberán ser tomados en cuenta por las autoridades de los tres órdenes de gobierno, con el fin de garantizar la seguridad de todas las personas usuarias de éstas y amplía sus atribuciones, respecto a las propuestas sobre lasespecificaciones técnicas del parque vehiculary en la promoción de acuerdos y la coordinación entre las autoridades para fortalecer la regulación del transporte de carga a efecto de mejorar su eficiencia operacional y ambiental.

Entre otros temas diversos, establece las bases para emitir los lineamientos para la práctica de auditorías e inspecciones de infraestructura y seguridad vial, la preservación y restauración del equilibrio ecológico ante los efectos del cambio climático, la calidad de los servicios de transporte y de la infraestructura vial. Finalmente, establece a la seguridad vial como el conjunto de medidas, normas, políticas y acciones adoptadas para prevenir los siniestros de tránsito y reducir el riesgo de lesiones y muertes a causa de éstos,  a partir de los principios de Infraestructura segura; Velocidades seguras de operación; Vehículos seguros y eficientes y, la Sostenibilidad de todo el sistema. Todo ello con el propósito de aplicar medidas y normas para controlar y reducir los efectos negativos en la sociedad y en el medio ambiente, derivados de las actividades de transporte, en particular, la congestión vehicular, la contaminación del aire y la emisión de gases de efecto invernadero, entre otras.

En el ámbito logístico busca promover acciones para hacer más eficiente la distribución de bienes y mercancías, con objeto de aumentar la productividad en los centros de población y minimizar los impactos negativos de los vehículos de carga en los sistemas de movilidad; así como evitar gravar y sobre regular los servicios de autotransporte federal, transporte privado y sus servicios auxiliares, promoviendo la renovación de la flota, en el ámbito de las atribuciones de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.

Escrito por Sergio García