Micrositio (SNICE): Anexo de NOM´s

Modificación a la NOM-005-SCFI-2017
Norma Oficial Mexicana NOM-005-SCFI-2017, Instrumentos de medición-Sistema para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos con un gasto máximo de 250 L/min-Especificaciones, métodos de prueba y de verificación (Cancela a la NOM-005-SCFI-2011)
Modificación:
Se adiciona un Séptimo Transitorio indicando lo siguiente:
La evaluación de la conformidad de la quinta y sexta viñeta (Cambio de fecha y hora del sistema, incluyendo la nueva fecha y hora; y Actualización del o los programas de cómputo incluyendo la o las versiones a la que se actualizó.) del numeral 7.3.1.2.4.1 y la verificación del software CAMF y ACTU correspondientes a los numerales 7.3.2.6.4 y 10.2.2.4.14 (Pistas de auditoría o bitácora de eventos), se efectuará a partir del 8 de octubre del 2020.
Circular CAAAREM G-0077/2019
Monto del cupo máximo al mes de marzo de 2019, para exportar azúcar a los Estados Unidos de América
Se publica el monto del cupo total al mes de marzo de 2019 para exportar a los Estados Unidos de América azúcar originaria de México, que derive de la caña de azúcar o de remolacha, en el periodo del 01 de octubre de 2018 al 30 de septiembre de 2019. Lo anterior de conformidad con el punto 13 del Acuerdo por el que se sujeta a permiso previo de exportación de azúcar publicado en el D.O.F. 05/10/2017.
Monto | Unidad de medida |
811,513.082 (anterior 811,513.082) | Toneladas métrica valor crudo |
Circular CAAAREM G-0078/2019
Reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior que emite la Secretaría de Economía
Se modifican los Anexos 2.2.1 (que identifica la clasificación arancelaria de mercancías cuya importación y exportación está sujeta al requisito de permiso previo por parte de la SE) y 2.2.2 (contiene los criterios y requisitos para otorgar dichos permisos previos), para adicionar fracciones arancelarias que identifican diversos productos de calzado, textiles y confecciones.
• Se incluyen 30 fracciones arancelarias relativas al sector calzado, con la finalidad de homologar la creación de dichas fracciones arancelarias en la TIGIE, publicadas y dadas a conocer en el D.O.F. del 10 de abril de 2019.
• Se adicionan fracciones arancelarias para identificar productos sensibles como tejidos, artículos de guata, tejidos recubiertos, artículos de uso técnico de materia textil, tejidos de punto, prendas de vestir, ropa de cama y demás confecciones como paños, chalecos salvavidas, almohadas y edredones.
• Se modifica el texto de las fracciones arancelarias de nueva creación, para adecuar las modificaciones realizadas a la TIGIE el 10/04/2019.
Respecto al Anexo 2.4.1, el cual lista las mercancías identificadas a nivel fracción arancelaria sujetas al cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas, se realizan las siguientes adecuaciones:
• Se adicionan fracciones arancelarias para identificar productos tales como tejidos de fibras discontinuas, tejidos de punto, prendas y accesorios de vestir, ropa de cama, edredones y almohadas.
• Se adicionan 31 fracciones arancelarias correspondientes a calzado derivado de las modificaciones realizadas a la TIGIE el pasado 10 de abril del presente año.
• Para prendas y accesorios de vestir de tejido de punto o de tejido de trama y urdimbre, se adiciona la siguiente acotación: “Únicamente: Artículos de disfraz”.
• Se modifica el texto de las fracciones arancelarias de nueva creación, para adecuar las modificaciones realizadas a la TIGIE el 10/04/2019.
NOTA: Los permisos automáticos de importación de productos textiles y de confección, y calzado, otorgados respecto de las fracciones que se eliminan por virtud del presente Acuerdo, continuarán vigentes en los mismos términos en los que fueron expedidos, para lo cual se deberá declarar en el pedimento de importación la fracción arancelaria correlativa a la autorizada en el permiso.
Circular CAAAREM G-0080/2019
Versión anticipada: Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 y sus Anexos 1 y 1-A
Capítulo 2.1. Disposiciones Generales
Días Inhábiles (2.1.6)
Esta regla se publica en los mismos términos, excepto en lo siguiente:
• Se modifica para eliminar la referencia que hacía a los días inhábiles para las Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente, de Auditoría Fiscal, Jurídica y de Recaudación del SAT de Veracruz “3” y Veracruz “5”.
• Se dispone que el primer periodo del 2019 comprende los días del 15 al 26 de julio de 2019.
Anexo 1
Formas oficiales aprobadas, formatos, cuestionarios, instructivos y catálogos aprobados, estampillas para el pago del ISR por depósitos e inversiones que se reciban en México, listados de información que deberán contener las formas oficiales.
Sobre este Anexo señalamos que no se encontraron cambios relevantes en relación con la publicación de su similar del año 2018.
Anexo 1-A
Formatos Fiscales
En relación con este Anexo se adiciona el formato: 49/IEPS Reporte de uso de marbetes a través del Formato Electrónico de Marbetes (FEM) obtenidos, utilizados, destruidos e inutilizados.
NOTA:
• Se prorrogan los Anexos 2,4,5,6,8,10,12,13,17,18,20,21,22,26,26-Bis, 30,31 y 32 de la RMF vigente, hasta en tanto no sean publicados los correspondientes a esta resolución.
• En el Transitorio Segundo, indica que se dan a conocer los Anexos faltantes, sin embargo, solo se publicó el Anexo 1 y 1-A.
Link de consulta:
https://www.sat.gob.mx/normatividad/61510/versiones-anticipadas-de-las-rmf
Circular CAAAREM T-0072/2019
Certificados de origen hacia Colombia, al amparo del Acuerdo Alianza del Pacífico
El 2/05/2019, finalizará la etapa de transición del intercambio de certificados de origen con Colombia, por lo que es necesario observar lo siguiente:
• Validar inicialmente el certificado para el Acuerdo Alianza del Pacífico.
• Validar a posteriori el certificado para el Acuerdo Alianza del Pacífico.
• Dirigirse a la representación federal de la Secretaría de Economía más cercana, con la finalidad de conocer el mecanismo que comenzará a operar a partir de la citada fecha.
Nota: Para el último punto, estaremos revisando esta situación con los funcionarios de la Secretaría de Economía a fin de que nos proporcionen mayor detalle del procedimiento que estará aplicando.
Circular CAAAREM T-0073/2019
Micrositio (SNICE): Anexo de NOM´s.
La Secretaria de Economía publico a través del portal de internet https://www.snice.gob.mx en el micrositio “ANEXO DE NOM´S”, información sobre los IDENTIFICADORES y CLAVES DE PEDIMENTO, que se deben de utilizar para los supuestos en los que no se deberá demostrar el cumplimiento de la NOM’S en el punto de entrada al país de conformidad con el numeral 10 del Anexo de NOM’S.
Circular CAAAREM G-0081/2019
Programa Nacional de Normalización 2019
La Secretaría de Economía publicó el Programa Nacional de Normalización para 2019, en el cual, se dan a conocer las NOM´s próximas a modificarse, eliminarse, así como los proyectos de creación de NOM´s, cuya revisión y análisis se realizará por diversos Comités Consultivos de Normalización.
Circular CAAAREM G-0082/2019
Manifiesto de Carga Ferroviario en la aduana de Nuevo Laredo
En seguimiento a la Hoja Informativa No. 11, referente a la implementación del proyecto denominado “Manifiesto de Carga Ferroviario” para la aduana de Nuevo Laredo, a partir del próximo 29/04/2019, sobre el particular, les informamos que el SAT da a conocer la siguiente hoja informativa:
Hoja Informativa 16
Ventanilla Única – “Despacho de mercancías por medio de transporte Ferroviario”
Se informa que a partir del día 17/06/2019 (anteriormente dicha fecha era el 29/04/2019), se habilitará la aduana de Nuevo Laredo, para las transmisiones del citado manifiesto, asimismo, da a conocer el esquema de transición que también aplicará para las operaciones de tránsito a la importación que se realicen por medio de transporte ferroviario con clave de pedimentos T3 y T7, por lo que, posterior a las 14:00 horas del 17/06/2019, la empresa de ferrocarril, el agente aduanal, apoderado aduanal y el representante legal, deberán realizar las transmisiones a la VUCEM, conforme a lo que se dispone en el “Plan de Transición para la Implementación del Manifiesto de Carga Ferroviario en la aduana de Nuevo Laredo”, mismo que se detalla en la hoja informativa en comento.
Circular CAAAREM T-0074/2019