Modificación a los Números de Identificación Comercial (NICO)

Modificación a los Números de Identificación Comercial (NICO)
NICO de nueva creación:
- NICO 08 “Decapados de espesor superior o igual a 4.75 mm, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 7225.30.07.07”, para la fracción arancelaria 7225.30.07
- NICO 92 “Los demás de acero para porcelanizar”, para la fracción arancelaria 7225.50.07
- NICO 91 “Los demás galvanizados”, para la fracción arancelaria 7306.61.01.
NICO eliminados:
- NICO 01 , de la fracción arancelaria 1702.60.03
- NICO 02 , de la fracción arancelaria 1702.60.03
- NICO 05 “De cobre”, de la fracción arancelaria 8544.42.99
- NICO 06 “De aluminio o sus aleaciones”, de la fracción arancelaria8544.42.99
- NICO 91 “Las demás de cobre”, de la fracción arancelaria 8544.49.99
NICO modificados:
- NICO 10 “De acero para porcelanizar, de espesor superior o igual a 4.75 mm” de la fracción arancelaria 7225.50.07
- NICO 03 “Galvanizados, con un espesor de pared superior o igual a 4 mm” de la fracción arancelaria7306.61.01
- NICO 01 “Dispositivos semiconductores fotosensibles, excepto los comprendidos en los números de identificación comercial 8541.40.04.02 y 8541.40.04.03“ de la fracción arancelaria 8541.40.04
Circular CAAAREM G-0457/2021
Certificados de conformidad NOM-070-SCFI-2016 para Exportación de Mezcal
La Dirección General de Normas (DGN) nos ha dado a conocer que respecto a la evaluación de la conformidad de la NOM-070-SCFI-2016 “Bebidas alcohólicas-mezcalespecificaciones” para la exportación de mezcal, al día de hoy existen 5 Organismos de Certificación de Producto (OCP) acreditados y aprobados en términos de la Ley, los cuales son:
- Asociación de Maguey y Mezcal Artesanal A.C. https://www.amma.org.mx/
- Centro de Innovación y Desarrollo Agroalimentario de Michoacán, A.C. https://www.cidam.org/
- Certificación Mexicana, S.C. https://cmx.org.mx/
- Consejo Mexicano Regulador de la Calidad del Mezcal, A. C. https://comercam-dom.org.mx/
- Verificación y Certificación Pamfa, A.C. https://www.pamfa.com.mx/
Los certificados emitidos por estos 5 OCP, son validos para acreditar el cumplimiento de la citad NOM en las operaciones de exportación de mezcal.
Circular CAAAREM G-0450/2021
Vigencia de cuotas compensatorias
La Secretaría de Economía dio a conocer el último día de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a diversos productos, como se detallan a continuación:
Producto | Fracción Arancelaria | País de Origen | Último día de Vigencia | Fecha límite para recibir la manifestación de interes |
Aceros planos recubiertos | 7210.30.02 7210.41.01 7210.41.99 7210.49.99 7210.61.01 7210.70.02 7212.20.03 7212.30.03 7212.40.04 7225.91.01 7225.92.01 7226.99.99 | China Taipéi Chino | 6 de junio de 2022 | 28 de abril de 2022 |
Malla cincada (galvanizada) de alambre de acero en forma hexagonal | 7314.19.03 7314.19.99 7314.31.01 7314.41.01 7314.49.99 | China | 25 de julio de 2022 | 17 de junio de 2022 |
Pierna y muslo de pollo | 0207.13.04 0207.14.99 | Estados Unidos | 7 de agosto de 2022 | 30 de junio de 2022 |
Cable coaxial del tipo RG (Radio Guide o Guía de Radio), con o sin mensajero | 8544.20.01 8544.20.02 8544.20.99 | China | 11 de agosto de 2022 | 6 de julio de 2022 |
Dicloxacilina sódica | 2941.10.08 | India | 18 de agosto de 2022 | 13 de julio de 2022 |
Amoxicilina trihidratada | 2941.10.12 | India | 28 de noviembre de 2022 | 19 de octubre de 2022 |
Nota: Cualquier productor nacional de las mercancías que se indican en el Aviso, podrá expresar a la SE, por escrito, su interés de que inicie un procedimiento de examen para determinar las consecuencias de la supresión de la cuota compensatoria, a mas tardar 25 días hábiles antes del término de la vigencia que corresponda.
Circular CAAAREM G-0451/2021
Fechas de recepción de trámites ante la Secretaría de Economía
Se dan a conocer las fechas de recepción de trámites ante la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior, durante dicho periodo vacacional 2021 -2022.
- El último día de recepción de Certificados de Origen Emergentes, Registros de cuestionarios emergentes, Cupos con fin de vigencia al 31 de diciembre de 2021 y Permisos de Exportación de Azúcar, será el miércoles 15 de diciembre de 2021 hasta las 18:00 horas. (Todo lo que sea recibido con posterioridad a la fecha y hora señalada, se emitirán en enero de 2022)
- El día jueves 16 de diciembre de 2021 hasta las 18:00 horas será el último día de recepción de los siguientes trámites a efecto de que se emitan este mismo año: Permisos de Calzado, Textil y Confección; Certificados de Origen ALADI y TLC Panamá, Certificados de Origen que se emiten de manera física en papel seguridad Unión Europea, AELC, TLC Japón y SGP (conforme a las disposiciones actuales); y, Avisos de Tomate. (Todo lo que se reciba en fecha y hora posterior a lo señalado, se emitirá en enero de 2022).
- El día viernes 17 de diciembre de 2021 hasta las 18:00 horas será el último día de recepción de Certificados de Cupos TPLs.
- Los layouts de las Normas Oficiales Mexicanas que se remiten vía correo electrónico, se seguirán compilando en el periodo vacacional, pero únicamente se enviará la información a validación al SAT y se publicará en el SNICE, los días martes 21 y 28 y los jueves 23 y 30 de diciembre de 2021. El corte se realizará a las 11:00 horas de los días previamente mencionados.
- Los plazos de respuesta de los trámites que se llevan ante esta Dirección General, incluidos aquellos que se tramitan a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM), se suspenderán durante el periodo vacacional y se reanudarán el primer día hábil de enero de 2022, salvo lo siguiente: Las solicitudes de los avisos automáticos de productos siderúrgicos se seguirán recibiendo durante el periodo vacacional, pero únicamente los días martes 21 y 28 y los jueves 23 y 30 de diciembre de 2021 se emitirán las resoluciones.
- En los casos no previstos en el presente boletín, la información y documentación que se remita durante el periodo vacacional a los correos electrónicos habilitados por esta Dirección General no se considerarán recibidos, por lo que, se deberán reenviar a partir del primer día hábil de enero de 2022.
Circular CAAAREM G-0464/2021
Decisión No. 108 de la Comisión Administradora del TLC entre México y Colombia
En el presente Acuerdo se puede observar el establecimiento de la Dispensa temporal, para ciertos insumos y bienes textiles producidos u obtenidos fuera de la zona de libre comercio, con la finalidad de que reciban trato arancelario preferencial establecido en el Tratado de Libre Comercio.
Dicha Dispensa Temporal se muestran a continuación:
Se otorga del periodo 10 de diciembre del 2021 al 28 de junio del 2022, para la elaboración de ciertos bienes textiles, tales como: “sostenes (corpiños); bragas (bombachas, calzones) (incluso las que no llegan a hasta la cintura)”, de fibras sintéticas o artificiales, utilizando el material producido u obtenido fuera de la zona de libre comercio que se muestra a continuación:
Únicamente para Poliamida 6.6 Texturizada SM red 33/34/1, 33 Dx, 34 filamentos, 1 cabo.
Circular CAAAREM G-0466/2021