Operación Aduanera

Modificación a los Números de Identificación Comercial (NICO)

Modificación a los Números de Identificación Comercial (NICO)

NICO de nueva creación:

  1. NICO 08 “Decapados de espesor superior o igual a 4.75 mm, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 7225.30.07.07”, para la fracción arancelaria 7225.30.07
  2. NICO 92 “Los demás de acero para porcelanizar”, para la fracción arancelaria 7225.50.07
  3. NICO 91 “Los demás galvanizados”, para la fracción arancelaria 7306.61.01.

NICO eliminados:

  1. NICO 01 , de la fracción arancelaria 1702.60.03
  2. NICO 02 ,  de la fracción arancelaria 1702.60.03
  3. NICO 05 “De cobre”, de la fracción arancelaria 8544.42.99
  4. NICO 06 “De aluminio o sus aleaciones”, de la fracción arancelaria8544.42.99
  5. NICO 91 “Las demás de cobre”, de la fracción arancelaria 8544.49.99

NICO modificados:

  1. NICO 10 “De acero para porcelanizar, de espesor superior o igual a 4.75 mm” de la fracción arancelaria 7225.50.07
  2. NICO 03 “Galvanizados, con un espesor de pared superior o igual a 4 mm” de la fracción arancelaria7306.61.01
  3. NICO 01 “Dispositivos semiconductores fotosensibles, excepto los comprendidos en los números de identificación comercial 8541.40.04.02 y 8541.40.04.03 de la fracción arancelaria 8541.40.04

Circular CAAAREM G-0457/2021

Certificados de conformidad NOM-070-SCFI-2016 para Exportación de Mezcal

La Dirección General de Normas (DGN) nos ha dado a conocer que respecto a la evaluación de la conformidad de la NOM-070-SCFI-2016 “Bebidas alcohólicas-mezcalespecificaciones” para la exportación de mezcal, al día de hoy existen 5 Organismos de Certificación de Producto (OCP) acreditados y aprobados en términos de la Ley, los cuales son:

Los certificados emitidos por estos 5 OCP, son validos para acreditar el cumplimiento de la citad NOM en las operaciones de exportación de mezcal.

Circular CAAAREM G-0450/2021

Vigencia de cuotas compensatorias

La Secretaría de Economía dio a conocer el último día de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a diversos productos, como se detallan a continuación:

ProductoFracción ArancelariaPaís de OrigenÚltimo día de VigenciaFecha límite para recibir la manifestación de interes
Aceros planos recubiertos7210.30.02 7210.41.01 7210.41.99 7210.49.99 7210.61.01 7210.70.02 7212.20.03 7212.30.03 7212.40.04 7225.91.01 7225.92.01 7226.99.99China Taipéi Chino  6 de junio de 2022  28 de abril de 2022  
Malla cincada (galvanizada) de alambre de acero en forma hexagonal  7314.19.03 7314.19.99 7314.31.01 7314.41.01 7314.49.99  China  25 de julio de 2022  17 de junio de 2022  
Pierna y muslo de pollo0207.13.04 0207.14.99Estados Unidos7 de agosto de 202230 de junio de 2022
Cable coaxial del tipo RG (Radio Guide o Guía de Radio), con o sin mensajero8544.20.01 8544.20.02 8544.20.99China  11 de agosto de 2022  6 de julio de 2022  
Dicloxacilina sódica2941.10.08India  18 de agosto de 202213 de julio de 2022
Amoxicilina trihidratada2941.10.12  India  28 de noviembre de 202219 de octubre de 2022

Nota: Cualquier productor nacional de las mercancías que se indican en el Aviso, podrá expresar a la SE, por escrito, su interés de que inicie un procedimiento de examen para determinar las consecuencias de la supresión de la cuota compensatoria, a mas tardar 25 días hábiles antes del término de la vigencia que corresponda.

Circular CAAAREM G-0451/2021

Fechas de recepción de trámites ante la Secretaría de Economía

Se dan a conocer las fechas de recepción de trámites ante la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior, durante dicho periodo vacacional 2021 -2022.

  1. El último día de recepción de Certificados de Origen Emergentes, Registros de cuestionarios emergentes, Cupos con fin de vigencia al 31 de diciembre de 2021 y Permisos de Exportación de Azúcar, será el miércoles 15 de diciembre de 2021 hasta las 18:00 horas. (Todo lo que sea recibido con posterioridad a la fecha y hora señalada, se emitirán en enero de 2022)
  2. El día jueves 16 de diciembre de 2021 hasta las 18:00 horas será el último día de recepción de los siguientes trámites a efecto de que se emitan este mismo año: Permisos de Calzado, Textil y Confección; Certificados de Origen ALADI y TLC Panamá, Certificados de Origen que se emiten de manera física en papel seguridad Unión Europea, AELC, TLC Japón y SGP (conforme a las disposiciones actuales); y, Avisos de Tomate. (Todo lo que se reciba en fecha y hora posterior a lo señalado, se emitirá en enero de 2022).
  3. El día viernes 17 de diciembre de 2021 hasta las 18:00 horas será el último día de recepción de Certificados de Cupos TPLs.
  4. Los layouts de las Normas Oficiales Mexicanas que se remiten vía correo electrónico, se seguirán compilando en el periodo vacacional, pero únicamente se enviará la información a validación al SAT y se publicará en el SNICE, los días martes 21 y 28 y los jueves 23 y 30 de diciembre de 2021. El corte se realizará a las 11:00 horas de los días previamente mencionados.
  5. Los plazos de respuesta de los trámites que se llevan ante esta Dirección General, incluidos aquellos que se tramitan a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM), se suspenderán durante el periodo vacacional y se reanudarán el primer día hábil de enero de 2022, salvo lo siguiente: Las solicitudes de los avisos automáticos de productos siderúrgicos se seguirán recibiendo durante el periodo vacacional, pero únicamente los días martes 21 y 28 y los jueves 23 y 30 de diciembre de 2021 se emitirán las resoluciones.
  6. En los casos no previstos en el presente boletín, la información y documentación que se remita durante el periodo vacacional a los correos electrónicos habilitados por esta Dirección General no se considerarán recibidos, por lo que, se deberán reenviar a partir del primer día hábil de enero de 2022.

Circular CAAAREM G-0464/2021

Decisión No. 108 de la Comisión Administradora del TLC entre México y Colombia

En el presente Acuerdo se puede observar el establecimiento de la Dispensa temporal, para ciertos insumos y bienes textiles producidos u obtenidos fuera de la zona de libre comercio, con la finalidad de que reciban trato arancelario preferencial establecido en el Tratado de Libre Comercio.

Dicha Dispensa Temporal se muestran a continuación:

Se otorga del periodo 10 de diciembre del 2021 al 28 de junio del 2022, para la elaboración de ciertos bienes textiles, tales como: “sostenes (corpiños); bragas (bombachas, calzones) (incluso las que no llegan a hasta la cintura)”, de fibras sintéticas o artificiales, utilizando el material producido u obtenido fuera de la zona de libre comercio que se muestra a continuación:

Únicamente para Poliamida 6.6 Texturizada SM red 33/34/1, 33 Dx, 34 filamentos, 1 cabo.

Circular CAAAREM G-0466/2021