Normas laborales en el T-MEC, primera controversia

El pasado julio de 2020 entró en vigor el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) con el cual se abrieron un sinfín de posibilidades para distintos sectores de la economía nacional pero además, sus negociaciones se enfocaron a subsanar en gran parte de los desafíos que se presentaban con el anterior TLCAN, por ejemplo, lo referente al aspecto laboral.
El TLCAN contaba con pocas herramientas para hacer cumplir las normas laborales, de hecho, de acuerdo con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), los salarios de México se ubican dentro de los más bajos entre los países de esta. Por lo que, en el nuevo tratado se busca evitar que los bajos costos laborales reduzcan puestos de trabajo en Estados Unidos, tema de gran interés para este país.
En este sentido, el T-MEC busca reafirmar la obligación de salvaguardar los derechos laborales y para poder gozar de los distintos beneficios que ofrece el tratado, un requisito que debe cumplir México es garantizar, entre otras cosas, lo establecido en el capítulo 23 del acuerdo:
- La libertad de asociación y la negociación colectiva.
- La eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio, así como la discriminación en materia de empleo.
- Regulación de salarios mínimos y horas laborales, así como seguridad y salud en el trabajo.
Más allá de lo anterior, en realidad se busca que con el nuevo tratado se mejoren las condiciones de los trabajadores, vigilando y procurando una correcta impartición de justicia en el ámbito laboral. Para tales efectos, se estableció un panel arbitrario que verificará lo anterior establecido, así mismo emitirá resoluciones respecto a cualquier queja laboral que pueda ser presentada por las partes.
En este sentido, fue hasta este mes de mayo que se presentó la primera queja laboral en el marco del T-MEC.
Esta primera denuncia laboral responde a una solicitud realizada por la central obrera más grande de Estados Unidos, la AFL-CIO; en la cual se establece que a los trabajadores de la planta de autopartes Tridonex en Matamoros se les negó la representación sindical independiente y que de acuerdo con lo establecido en el T-MEC, viola los derechos de dichos trabajadores, así como hace evidente el incumplimiento de lo previamente negociado y acordado.
De acuerdo con diferentes fuentes, los trabajadores de dicha planta han buscado -desde hace ya dos años- una representación sindical por otra organización, sin embargo, no ha sido posible. Al contrario de esto, alrededor de 600 trabajadores han sido despedidos en lo que describen como “represalia” por sus esfuerzos por cambiar su sindicato.
Bajo el “Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida” del TMEC, las empresas en México y Estados Unidos pueden enfrentar aranceles y otras sanciones por no garantizar los derechos de los trabajadores, como la libertad de asociación. La petición de la AFL-CIO marca la primera vez que es puesto en práctica el componente para hacer valer las condiciones laborales dentro del tratado comercial TMEC.
De acuerdo con dicho mecanismo, una vez enviado el documento deberá ser revisado para determinar las sanciones y multas o posiblemente, alguna revisión adicional, si fuera el caso. Al respecto, esta situación sentaría un precedente para que demás empresas, trabajadores y/o sindicatos exijan una certeza en el cumplimiento de las normas laborales a efectos de dar cumplimiento con lo establecido en el tratado sin anteponer los intereses de las mismas empresas o los gobiernos.
Escrito por Libertad Rivera