Operación Aduanera

Nuevo ajuste a las Hojas de requisitos zoosanitarios

Nuevo ajuste a las Hojas de requisitos zoosanitarios

Derivado de los recientes brotes de Influenza Aviar de Alta Patogenidad suscitados en los Estados Unidos de América, que nuevamente se ha ajustado la nota correspondiente en las Hojas de Requisitos Zoosanitarios (HRZ) para importación que se encuentran listadas en el oficio de referencia, para señalar que ya no se refleja el Estado de Iowa y se limita a los siguientes condados: Buena Vista, Taylor, Franklin, Hamilton, Guthrie, Cherokee, Osceola, Sac, Humboldt, Hardin y Bremer.

Así mismo, establece que estas disposiciones son aplicables a partir del 22/04/2022, por lo que, es factible la importación de productos de ave procedentes de condados afectados, como se menciona a continuación:

  • Indiana a partir del 11/03/2022
  • Kentucky y Delaware a partir del 15/03/2022
  • Maryland a partir del 23/03/2022
  • Wisconsin y Missouri a partir del 1/04/2022
  • Texas a partir del 13/04/2022
  • Dakota del Sur a partir del 19/04/2022
  • Iowa a partir del 22/04/2022

Circular CAAAREM G-0157/2022

Se prohibe la importación de aves o productos avícolas provenientes de Canadá

Derivado de los recientes brotes de Influenza Aviar de Alta Patogenidad en Canadá (específicamente para las provincias de Nueva Escocia, Ontario, Alberta, Quebec, Saskatchewan y Columbia Británica), se ha incluido una nota en las hojas de requisitos zoosanitarios para prohibir la importación de aves o productos agrícolas procedentes de las regiones citadas que se encuentran listadas en el oficio de referencia, entre las que se encuentran mercancías tales como pavipollos, pollitos de hasta tres días, huevo fértil, carne avícola, etc.

Circular CAAAREM G-0156/2022

Cupos para exportar vehículo hacia Argentina

Los cupos para exportar vehículos automotores ligeros nuevos hacia Argentina, en dólares de los Estados Unidos de América valor FOB, son:

  1. 1er período: del 19/Mzo/2022 hasta el 18/Mzo/2023, por el monto de $773,125,578 dólares
  2. 2° período: del 19/Mzo/2023 hasta el 18/Mzo/2024 por el monto de $773,125,578 dólares
  3. 3er período: del 19/Mzo/2024 hasta el 18/Mzo/2025 por el monto de $773,125,578 dólares.

Podrán solicitar los cupos, las personas morales establecidas en México que: 

  1. Manufacturen vehículos automotores ligeros en el territorio nacional, que se clasifiquen en las fracciones arancelarias referidas listadas en el punto que antecede, y/o 
  2. Cuenten con registro vigente como empresas productoras de vehículos automotores ligeros nuevos

Circular CAAAREM G-0154/2022