Ocho aspectos esenciales del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC)

La consolidación de las relaciones comerciales entre Canadá, Estados Unidos y México se logró en enero de 1994, mediante la puesta en marcha del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, TLCAN. El principal objetivo de este corresponde a la facilitación del intercambio comercial entre los países miembros y la eliminación de restricciones al comercio e inversión; el TCLAN, a corte de sus veinticinco años, presenta un escenario de intercambio de comercio activo como bloque comercial.

Ahora bien, a partir del primero de Julio de 2020, este bloque comercial cuenta con unas nuevas reglas, debido a la entrada en vigor del nuevo T-MEC, Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá; cuyo objetivo principal no es distante a su predecesor. A continuación, encontrarás algunos puntos clave imprescindibles de este nuevo acuerdo.
- El marco de este acuerdo es el establecimiento de una zona de libre comercio, basado en el artículo XXIV del GATT (General Agreement on Tariffs and Trade) de 1994 y el artículo V del AGCS (Acuerdo General sobre Comercio de Servicios).
- No se incrementarán los aranceles existentes.
- En comparación con el TLCAN, el TMEC incluye 12 nuevos capítulos, enfocados en las nuevas necesidades de los negocios, entre los cuales se encuentran temas como el comercio digital, las pequeñas y medianas empresas, la competitividad y las medidas anticorrupción.
- A partir de la fecha, se aceptarán certificaciones electrónicas de los certificados de origen. Estos podrán presentarse en español, inglés o francés, existiendo la posibilidad de que, por solicitud previa de la autoridad de control, se requiera una traducción al idioma correspondiente.
- En materia de origen para el sector automotriz, se presentan cambios como el aumento en el valor de contenido regional para vehículos ligeros y pick ups, compromisos de compra de acero y aluminio, un valor de contenido laboral y la incorporación de repuestos claves.
- El ámbito de aplicación del capítulo 27, correspondiente a la normativa anticorrupción, se establece que las partes del acuerdo afirman su determinación para prevenir y combatir el cohecho y la corrupción en el comercio y las inversiones internacionales, reconociendo la necesidad de desarrollar la integridad dentro del sector privado y público.
- Asimismo, el capítulo 28, sobre Buenas prácticas regulatorias, busca promover la calidad regulatoria mediante el aumento de la transparencia, el planteamiento de análisis objetivos y una rendición de cuentas que facilite el comercio, la inversión y el crecimiento económico de los miembros del acuerdo. Este punto será base para superar algunas barreras no arancelarias al comercio y a la facilitación de este.
- El artículo 32.10 establece una serie de lineamientos que los países pertenecientes al acuerdo deben aplicar, en el momento en el que deseen gestionar acuerdos de libre comercio con países de economía que no son de mercado.
- El artículo 34,1 del acuerdo establece que las solicitudes efectuadas al amparo del TLCAN deberán responderse de conformidad al mismo. En el mismo sentido, se considera la aplicación del TLCAN para los procesos iniciados de conformidad con dicho tratado.
Consulta aquí mas información sobre la normatividad vigente: https://www.gob.mx/t-mec/acciones-y-programas/textos-finales-del-tratado-entre-mexico-estados-unidos-y-canada-t-mec-202730
Colaboración de Sebastian Galindo Cantor