Pactan mejorar ventanillas únicas en el USMCA

El Acuerdo Estados Unidos-México-Canadá (USMCA, por sus siglas en inglés) establece disposiciones que tienen el objetivo de mejorar y ampliar la funcionabilidad de sus respectivas ventanillas únicas de comercio exterior, y de no duplicar trámites o requisitos entre las mismas.
Cada país establecerá o mantendrá un sistema de ventanilla única a más tardar el 31 de diciembre de 2018 que permita el envío electrónico a través de un único punto de entrada de la documentación y los datos que una Parte integrante requiere para la importación en su territorio.
También cada nación revisará las operaciones de su ventanilla única con miras a ampliar su funcionalidad para cubrir todas sus transacciones de importación, exportación y tránsito.
Otra cláusula establece que cada Parte informará oportunamente a una persona que esté utilizando su sistema de ventanilla única del estado de la liberación de mercancías, a través del sistema de ventanilla única.
“Si una Parte recibe documentación o datos para un bien o envío de mercancías a través de su ventanilla única, la Parte no solicitará la misma documentación o datos para ese bien o envío de mercancías, excepto en circunstancias urgentes o en virtud de otras excepciones limitadas establecidas en sus leyes, reglamentos o procedimientos”, se lee en el texto del USMCA, el cual sustituiría al Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), de ser ratificados por los respectivos poderes legislativos.
EL USMCA obliga además a que cada país integrante deberá minimizar la medida en que se requieren los documentos en papel si se proporcionan copias electrónicas.
Al construir y mantener su ventana única, cada Parte deberá: incorporar, según corresponda, el Modelo de datos de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) para los elementos de datos; esforzarse por implementar estándares y elementos de datos para la importación, exportación y tránsito que sean iguales a la ventana única de las otras Partes; y en forma continua racionalizar su ventana única, incluida la funcionalidad adicional para facilitar el comercio, mejorar la transparencia y reducir los tiempos y costos de publicación.
Los países deberán compartir entre sí sus experiencias respectivas en el desarrollo y mantenimiento de su ventana única; y trabajar para lograr una armonización, en la medida de lo posible, de elementos de datos y procesos aduaneros que faciliten el uso de una transmisión única de información tanto a la Parte exportadora como a la Parte importadora.
Escrito por: Roberto Morales