Operación Aduanera

Se modifica el Acuerdo por el que se crea el Comité Nacional de Facilitación del Comercio

Criterio para la asignación del cupo máximo para exportar azúcar y otorgamiento del permiso previo

La Secretaria de Economía mediante la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE) dio a conocer el Oficio citado al rubro referente al Criterio para la asignación del cupo máximo para exportar azúcar y otorgamiento del permiso previo.

Antecedentes:

  • Acuerdo por el que se sujeta a permiso previo la exportación de azúcar y se establece un cupo máximo para su exportación (D.O.F. 05/10/2017 )
  • Sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el Juicio de Amparo promovido por Sucroliq, S.A.P.I. de C.V.

Criterio:

  • La asignación directa se realizará conforme a los puntos 15 y 16 del Acuerdo (Asignación directa en tres periodos.)
  • La producción que reporta Sucroliq, S.A.P.I. de C.V., se conforma con el azúcar que adquiere de los ingenios mexicanos participantes en el Acuerdo de Suspensión mediante la presentación de la documentación que compruebe el monto en toneladas métricas valor físico y calidad de azúcar adquirida en el ciclo azucarero previo -período del 1 de octubre al 30 de septiembre del siguiente año.
  • Con el fin de posibilitar la exportación del cupo a Estados Unidos de América, una vez que se haya efectuado la asignación del cupo correspondiente, se deberá realizar la solicitud para el permiso previo de exportación conforme los puntos 5 al 11 del Acuerdo.
  • El presente criterio será aplicable a la empresa Sucroliq, S.A.P.I. de C.V. en cumplimiento a la sentencia referida en antecedentes.

Circular CAAAREM G-0370/2021

Se modifica el Acuerdo por el que se crea el Comité Nacional de Facilitación del Comercio

Se reforma el Artículo Segundo del Acuerdo por el que se crea el Comité Nacional de Facilitación del Comercio, publicado el 22 de enero de 2021, para incorporar la Secretaría de Marina dentro de las dependencias que conforman dicho Comité.

En este sentido, está integrado por representantes de las siguientes dependencias:

  1. Secretaría de Relaciones Exteriores;
  2. Secretaría de la Defensa Nacional;
  3. Secretaría de Marina;
  4. Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
  5. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;
  6. Secretaría de Energía;
  7. Secretaría de Economía;
  8. Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural;
  9. Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y
  10. Secretaría de Salud.

Circular CAAAREM G-0371/2021