Operación Aduanera

Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018

Migración de centro de datos

Referente a la migración del centro de datos y a la operación de las aduanas, se comunica que se tendrá un periodo de estabilización en el Sistema Electrónico Aduanero, en ese sentido, solicita que se presente la siguiente documentación en las operaciones de comercio exterior que sean presentadas a despacho aduanero:

  • Impresión completa del pedimento validado y pagado, así como los documentos anexos.
  • Impresión del DODA.
  • Impresión de las remesas de consolidado en su caso.

Asimismo, dispone que en caso de existir alguna incidencia levantar un reporte a mesa de servicio al tel: 01 (55) 57575756 o informar a los correos a que hace referencia.

Circular CAAAREM G-0200/2018

Requisitos zoosanitarios para la importación de cueros y pieles de diversas especies

SENASICA, comunica que la Dirección General de Salud Animal, hizo un ajuste a algunas de las combinaciones públicas del Módulo de Consulta de Requisitos Zoosanitarios para la importación de cueros y pieles verdes, frescas y saladas de las especies a que hacen referencia.

Dicha modificación se efectúa en el apartado del procedimiento para la toma y envío de muestras al Centro Nacional de Servicios de Constatación en Salud Animal (CENAPA) y fumigación para precisar que sólo aplicará para aquellos embarques en donde el oficial operativo detecte plaga viva.

Se incluyó en las combinaciones de requisitos zoosanitarios aplicables, lo referente al procedimiento que se deberá realizar cuando se detecte algún tipo de plaga viva, además de eliminar el requisito que indica que “a la inspección física del embarque, si se detecta la presencia de estiércol deberá aplicarse lo establecido en el artículo 45 fracción I o III de la Ley Federal de Sanidad Animal, procediendo con la destrucción de la mercancía o su retorno al país de origen”.

Circular CAAAREM T-0190/2018

Declaración del No. de lote para embarques de alimento para consumo animal

La Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), comunica que la Dirección General de Salud Animal, dispuso que para la importación de embarques de alimento balanceado para consumo animal, cuyo número de lote se encuentre declarado en la bolsa del producto y éste  sea diferente al descrito en el certificado de origen, el interesado deberá anexar para cada trámite el documento en donde precise la forma en la que está conformado dicho número de lote.

Circular CAAAREM T-0191/2018

NOM-209-SCFI-2017

 Objetivo y campo de aplicación (Capítulo 1)

Establece las especificaciones, los requisitos mínimos de seguridad y los métodos de prueba para la conexión integral, la conexión integral flexible, la conexión flexible y la conexión con punta POL que se utilizan en las instalaciones de aprovechamiento de Gas L.P. o Gas Natural.

Clasificación (Capítulo 4)

Las conexiones objeto de esta NOM se clasifica en 4 tipos.

*Cancela a la NOM-014-SESH-2013

Circular CAAAREM G-0201/2018

NOM-207-SCFI-2018

Objetivo y campo de aplicación (Capítulo 1)

 Establece los requerimientos (técnicos y legales) para el servicio de mantenimiento que deben cumplir las empresas prestadoras del mismo, en elevadores.

Asimismo, aplica a las personas físicas y morales constituidas en México, que presten servicios de mantenimiento en elevadores instalados en forma permanente, de fabricación nacional o extranjera que se comercialicen en México

Excepciones:  No aplica para los servicios de mantenimiento en elevadores conocidos como radiales, paternóster, de piñón y cremallera, de accionamiento de tornillo, de minas, de uso en escenarios de teatros, aplicaciones que incluyan encaje automático, montacargas de cangilones, monta-materiales de obras de ingeniería civil o de edificación, plataformas flotantes de explotación o perforación en el mar, o elevadores para montaje.

Circular CAAAREM G-0202/2018

Texto en revisión del “Acuerdo comercial entre México, Estados Unidos y Canadá”.

Como es de su conocimiento, en días pasados nuestro país concluyó con las negociaciones del Tratado Comercial con Estados Unidos y Canadá, el cual, fue el resultado de la voluntad política, la visión y la flexibilidad que mostraron los equipos negociadores de los tres países para lograr los balances necesarios y mantener el carácter trilateral del mismo.

Derivado de lo anterior, la Secretaría de Economía ha publicado con fines informativos en su portal de internet los textos del Tratado, los cuales aclara que podrán sufrir algunas modificaciones, ya que se encuentran sujetos a revisión legal.

Circular CAAAREM G-0203/2018

Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y sus anexos 1-A, 3, 7, 11, 14, 15, 17, 23, 30, 31 y 32

Los puntos más importantes:

Referencias a la Ciudad de México y a las Alcaldías. (1.10)

Se modifica la presente regla, para adicionar la referencia a Delegaciones. Estableciendo que las menciones hechas por los contribuyentes al Distrito Federal y a las Delegaciones, se entenderán hechas a la Ciudad de México y a las Alcaldías, respectivamente y tal situación no se considerará infracción a las disposiciones fiscales.

Cambio de domicilio fiscal, Alcaldía. (2.5.22)

Se adiciona la siguiente regla, derivado del cambio de denominación de Delegaciones a Alcaldías, para disponer que la autoridad fiscal realizará el cambio de domicilio fiscal a los contribuyentes que se encuentren ubicados en las demarcaciones territoriales de las Alcaldías, sin necesidad de que se presente el aviso respectivo.

Circular CAAAREM  G-0204/2018